¿Autónomo o Sociedad Limitada?
Diferencias entre un Autónomo y una Sociedad Limitada
Un autónomo es una persona física y opera ante terceros en el tráfico mercantil con su nombre y apellidos y su nif (número de identificación fiscal), mientras que una sociedad limitada tiene personalidad jurídica y un cif propios. Un cif es el código de identificación de una sociedad.
El autónomo responde con todo su patrimonio presente y futuro frente a las deudas en que incurra en el comercio y la actividad económica, por su parte, en la sociedad limitada los socios no responden por la deudas sociales y la responsabilidad de la empresase limita al capital aportado.
Fiscalidad del autónomo y de la Sociedad Limitada
El Autónomo persona física tributa en IRPF por las ganancias que obtenga en cada ejercicio, por ello, su impuesto es progresivo, es decir, cuanto más gana más paga. En la empresa Sociedad Limitada se tributa por el Impuesto sobre Sociedades y se grava el 15% (primeros dos ejercicios con beneficios) de las ganancias, el 25% el tipo normal tras los dos primeros años con beneficios. Se trata de un tipo fijo, por lo que no es progresivo.
Contabilidad
La contabilidad del autónomo es menos exigente que la de una SL pero en caso de una Inspección, es recomendable que haya llevado una contabilidad al uso, puesto que los requerimientos documentales así lo van a aconsejar. La contabilidad de una sociedad es un poco más compleja pero de esta tarea puede encargar a un profesional del sector de la asesoría.
Conclusión
Para pequeños beneficios y muy pequeño volumen de actividad puede constituirse como empresario autónomo pero para beneficios de moderados a importantes ya le convendrá constituirse como empresa Sociedad Limitada ya que los ahorros fiscales y la salvaguarda de la responsabilidad de su patrimonio superan ampliamente al mayor tratamiento contable.
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