Indicación del Tipo Social
En la denominación de la sociedad de responsabilidad limitada debe figurar de forma necesaria la indicación “Sociedad de Responsabilidad Limitada”, “Sociedad Limitada”, o en su defecto las abreviaturas “S.R.L.” o “S.L”. De otra parte en la denominación de la sociedad anónima debe figurar obligatoriamente la indicación “Sociedad Anónima” o su abreviatura “S.A”. La sociedad comanditaria por acciones puede utilizar una razón social, con el nombre de todos los socios colectivos, de alguno de ellos o de uno solo, o bien una denominación objetiva, con la obligatoria indicación de “Sociedad comanditaria por accione” o su abreviatura “S. Com. por A.”.
Domicilio Social y Domicilio Registral
Las sociedades de capital deben fijar su domicilio dentro del territorio español en el lugar en que se encuentre el centro de su efectiva administración y dirección, o en el que radique su principal establecimiento o explotación.
Las sociedades de capital cuyo principal establecimiento o explotación radique en el territorio español deben tener obligatoriamente su domicilio en España.
La Apertura de Sucursales
Las sociedades de capital pueden abrir sucursales en cualquier lugardel territorio nacional o del extranjero y salvo que los estatutos dispongan lo contrario de los estatutos, el órgano de administracióntiene la competencia para acordar la creación, la supresión o el traslado de las sucursales.
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